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Quienes no realicen el grabado de la patente se arriesgan a multas e incluso al rechazo de la revisión técnica. Si bien se trata de una pequeña modificación estética, también supone una obligación para todos aquellos que quieran circular por las calles sin arriesgarse a multas.
En su momento el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) señaló que la iniciativa tiene como principal objetivo reducir el robo y la venta de las piezas de los automóviles.
La Ley N° 21.601 estableció un reglamento específico y una fecha límite para aplicar la medida. De tal manera, la obligación es grabar la patente en los cuatro vidrios laterales, el parabrisas, la luneta trasera y los espejos exteriores. En la que se debe tener en consideración ciertas características, tales como:
Que el tallado sea permanente, con desgaste en el vidrio y espejo.
Que la letra sea legible y en formato normal (siempre en mayúscula, sin cursiva ni negrita)
Que las letras y dígitos en vidrios y espejos tengan entre 7 y 10 milímetros de altura.
Que las letras y dígitos en espejos laterales tengan entre 5 y 10 milímetros de altura.
Esta acción la deberán realizar los conductores hasta el miércoles 14 de mayo, ya que desde jueves 15 del mismo mes comenzarían las fiscalizaciones por parte de la autoridad correspondiente.
Un dato relevante a añadir es que dicha medida también será una exigencia para aprobar la revisión técnica en la fecha que corresponda a cada vehículo.
En el caso de no contar con el grabado, ante una fiscalización, las personas se arriesgan a una multa que va desde 1 hasta 1,5 UTM. Si se considera el valor de marzo, la sanción iría entre $68.034 y $102.051.
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