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TOP de Coyhaique condena a 5 años de libertad vigilada intensiva a autores de delitos tributarios reiterados


El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó, con costas, a Claudia Andrea Saldivia Vidal y José Manuel Ovando Pérez a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad intensiva por igual lapso, en calidad de autores de los delitos consumados y reiterados de realización maliciosa de acciones tendientes a aumentar el verdadero monto del crédito fiscal o imputaciones a este en impuesto de ventas y servicios. Ilícitos perpetrados, entre diciembre de 2015 y 2018.


En fallo unánime (causa rol 22-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Mónica Coloma (presidenta), Pablo Freire y Patricio Zúñiga (redactor)– aplicó, además, a Saldivia Vidal y Ovando Pérez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas; más el pago de $46.615.117 por el 100% del monto defraudado por concepto de impuesto de valor agregado y $24.935.305 por el 50% del monto defraudado por impuesto a la renta, cada uno.


“Que, cumpliendo los condenados Claudia Andrea Saldivia Vidal y Jose Manuel Ovando Pérez con los requisitos consagrados en el artículo 15 bis de la ley 18.216 y estimando el Tribunal que le es más beneficioso, se les sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta a cada uno, por la pena de libertad vigilada intensiva, y para lo cual quedarán sometidos por un plazo de CINCO AÑOS, a la intervención por parte del correspondiente Delegado de Gendarmería en la forma que se señala en el artículo 16 de la Ley 18.216, debiendo además acatar las prescripciones del artículo 17 y la del artículo 17 ter, letra c) Obligación de mantenerse en el domicilio o lugar que determine el juez, durante un lapso máximo de ocho horas diarias, las que deberán ser continuas, desde las 22 horas a las 06:00 horas”, consigna el fallo.


El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que a lo menos desde diciembre de 2015, y en julio, agosto y diciembre de 2016; abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017, y enero, febrero y marzo de 2018, “(…) Saldivia Vidal, como empresaria individual y contribuyente de primera categoría, y José Manuel Ovando Pérez, administrador del negocio por mandato general y representante legal, los cuales ejecutaron maniobras fraudulentas, aumentando indebidamente el crédito fiscal IVA que Saldivia Vidal tenía como contribuyente de Primera Categoría, en relación a las cantidades de Débito Fiscal IVA que debía enterar en arcas fiscales, y declararon en los respectivos Formularios N° 29, sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, un Crédito Fiscal IVA mayor al que realmente había obtenido en los períodos comerciales señalados, amparándose en el registro y contabilización de 67 facturas falsas, emitidas por 7 proveedores, representativas de operaciones comerciales que no se realizaron y sobre las cuales no existen pruebas, ni antecedentes de su ejecución, provocando con ello un perjuicio al erario público, según proceso de recopilación de antecedentes efectuado por el Servicio de Impuestos Internos”.


Maniobras fraudulentas que generaron un perjuicio fiscal de a lo menos $46.615.117 por impuesto IVA y $49.870.611 por impuesto a la renta.

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