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TOP DE COYHAIQUE CONDENA A AUTOR DE CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO MUERTE

imagen de archivo


El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a J.N.M.A. a la pena de 6 años de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad y con resultado de muerte. Ilícito perpetrado en noviembre de 2022, en la comuna de Puerto Aysén.

En fallo unánime (causa rol 118-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Mónica Coloma Pulgar (presidenta), Patricio Zúñiga Valenzuela y Pablo Freire Gavilán (redactor)– aplicó, además, a J.N.M.A. la accesoria de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.

Asimismo, se decretó el comiso del vehículo station wagon, marca Nissan, incautado en el procedimiento.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 00:15 horas del 17 de noviembre de 2022, “(…) J.N.M.A. condujo en estado de ebriedad, el vehículo motorizado marca Nissan Placa Patente Única GGRD-67 por calle Teniente Merino de la ciudad de Puerto Aysén y al llegar a las afueras del Colegio Kalem, en la intersección de Teniente Merino con calle Caupolicán, el acusado, producto de la ebriedad, perdió el control del vehículo, impactando contra la barrera encauce peatonal existente a las afueras del establecimiento educacional, la cual resultó totalmente dañada; asimismo resultó con daños de consideración el vehículo en que transitaba el imputado y lesionados sus demás ocupantes. Fue así como su conviviente, E.C.B.S, resultó con lesiones compatibles con accidente de tránsito, provocadas por elemento de fierro en zona torácica posterior, herida penetrante torácica, entrada por campo torácico derecho y salida por izquierdo, todo posterior, lesión con desforramiento del muslo, compromiso de tejido adiposo y politraumatismo. En tanto, la menor A.M.B. falleció por consecuencia de las lesiones que sufrió producto de la colisión, siendo la causa de muerte politraumatismo por accidente de tránsito”.

“Por lo anterior, concurrió personal de Carabineros al lugar de los hechos quienes fiscalizaron al acusado y pudieron constatar la ebriedad de este, atendido su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar entre otros signos físicos, quien siendo sometido a prueba respiratoria con equipo Intoxilyzer arrojó 1.81 gramos por mil de alcohol en la sangre, mientras que el examen de alcoholemia realizado por el Servicio Médico Legal, estableció un resultado de 1.88 gramos por mil de alcohol en la sangre”, añade.

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